jueves, 2 de junio de 2011

ERNESTINA, MAGNETTO, DEVUELVAN A LOS NIETOS!!!

Se cumplen 10 años de la causa a Ernestina Herrera de Noble por apropiación ilegal de menores con complicidad del gobierno Militar en los 70's 




El Periodista Guillermo Kelly denuncia a Ernestina Herrera de Noble en los 90's en el programa de Mirtha Legrand: 






La causa Ernestina Herrera de Noble sobre sustracción de bebés es una importante causa penal en trámite en la Argentina, desde 2001, cuya vinculación con el tráfico de bebés en el Proceso de Reorganización Nacional todavía no está dilucidada. En el caso se trata de dos jóvenes que en 1977 fueron adoptados por Ernestina Herrera de Noble respecto de los cuales se está investigando si son hijos de desaparecidos. 
El caso ha tenido gran trascendencia porque la adoptante es principal accionista del Grupo Clarín, el multimedio más importante de Argentina.1 El periodista Mempo Giardinelli afirmó en una nota que los jóvenes “Marcela y Felipe Noble Herrera son los herederos de una fortuna de 1.000 millones de euros y de un gigantesco poder, el cual perderían en caso de probarse otras filiaciones. Y esto también dejaría al Grupo prácticamente acéfalo, toda vez que el matrimonio entre Roberto Noble y Ernestina Herrera no tuvo descendencia natural”,1 pero no expuso sobre qué bases legales sacó esa conclusión. 
La causa, que ha tenido innumerables dilaciones, derivó en la destitución del juez Roberto Marquevich decidida por un Tribunal de Enjuiciamiento por considerar que el magistrado había procedido en forma arbitraria al ordenar la detención de Herrera de Noble y denegarle la excarcelación.2 
Uno de los aspectos jurídicos debatidos en esta causa que ha demorado las actuaciones con sucesivas resoluciones y apelaciones es el relativo a la obligación de las presuntas víctimas como hijos de personas desaparecidas de entregar material biológico –muestras de saliva, sangre, pelos, etc.- para compararlo con muestras obtenidas de familiares de aquellas personas.


Antecedentes: 

Ernestina Herrera de Noble solicitó el 13 de mayo de 1976 en el Juzgado de Menores Nº 1 de San Isidro, por entonces a cargo de la jueza Ofelia Hejt (fallecida), la adopción de una niña que dijo haber encontrado once días antes en una caja de cartón dejada en la puerta de su casa, ofreciendo como testigos a su vecina Yolanda Echagüe de Aragón y a Roberto García, su chófer, a quien presentó como el cuidador de la finca de Yolanda Echagüe de Aragón. 
Al momento de la declaración, existieron varias contradicciones entre lo declarado por Ernestina de Noble y Yolanda Echagüe de Aragón. Por su parte, Roberto García afirmó en el año 2001, que "nunca concurrió a un Tribunal de Menores en San Isidro", que nunca fue cuidador de finca, y que desde 1952 fue chofer de Roberto Noble, y tras su fallecimiento,continuó desempeñando la misma tarea para Ernestina Herrera de Noble.3 Además, la nieta de Yolanda Echagüe de Aragón, Eugenia Duro de Aragón, declaró que su abuela -quien había fallecido al momento de la investigación- "no fue vecina de Herrera de Noble". 
Poco después, el 7 de julio de 1976, Herrera le solicitó a la misma jueza, la adopción de otro bebé, un varón que habría sido dejado ese mismo día en el mismo juzgado de la jueza Hejt, por una persona que dijo ser madre soltera, que exhibió un documento nacional de identidad que luego se comprobó que no le correspondía y dio un domicilio que resultó falso. Ese mismo día, sin más trámite, la jueza le entregó la guarda del bebé y apenas 43 días después le otorga la adopción y le impone el nombre de Felipe Noble Herrera. 
La Jueza Hejt es la misma que en 1977, sin disponer medidas para ubicar a su familia y pese a las evidencias de que sus padres habían sido secuestrados por el Ejército, entregó en guarda a Andrés La Blunda, de tres meses, quien recuperó su identidad en 1984. 

Actas de Adopciones:




las partidas de nacimiento, aportadas por Emilio Jaján y su esposa Ana, que mostrarían –según la pareidolia legalista llontoana - una serie de irregularidades. La acusación del matrimonio Jaján se centraba en la sustracción, retención, ocultamiento y cambio de identidad de menores. 
Dice el pareidólico abogado, ex secretario general de la Comisión Interna y ex delegado de Clarín: 
“En verdad, las pruebas que habían aportado los Jaján eran tan contundentes como para que se abriera, por primera vez, una pesquisa a fondo. Se trataba de las actas de nacimiento con las que se habían iniciado los expedientes de adopción de Marcela y Felipe que, a simple vista, contenían una cantidad de irregularidades tal que llamarían la atención de cualquier iniciado en el derecho: El acta de Marcela Noble no tenía ni constancias de maternidad, ni de paternidad; tampoco se hacía mención alguna al lugar de nacimiento. Esos espacios estaban en blanco cuando debían contener, al menos, la inscripción ‘desconocido’. No se indicaba cuál era el organismo que se había encargado de certificar el estado de salud y situación social de la criatura sobre la que tramitaría la adopción y, en cambio, ya aparecía la menor con el apellido Noble Herrera. En el acta de Felipe las irregularidades eran las mismas, pero además, al leerse los números de los expedientes por los que se ordenaba la inscripción de sus datos en el Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires, se destacaba una incongruencia: entre la ficha identificatoria N° 25.127.753 de Marcela, a quien se le adjudicaba como fecha de nacimiento el 23 de marzo de 1976, y la ficha N° 25.127.946 de Felipe, a quien se le daba como fecha de nacimiento el 17 de abril del mismo año, existía una diferencia razonable de 193 nacimientos, pero en cambio entre los expedientes 37.755/76 de Marcela y 43.254/76 de Felipe, en que personal médico de la provincia de Buenos Aires debía constatar los datos físicos de cada bebé, había una diferencia de ¡5.499! números. Cualquier bien pensado podía suponer que los números a veces son más rápidos que las manos y que entonces siempre se producen errores al anotar. Pero si el error se presenta dos veces más, o los números se han vuelto locos, o la mano es la de la tramoya. Los dos nacimientos estaban inscriptos, por orden del Tribunal de Menores N° 1 del departamento judicial de San Isidro. El de Marcela tenía sentencia del 15 de junio de 1976 dictada en la causa 1.308 y el de Felipe, por sentencia de agosto de 1976 en la causa 9.149. Es decir que, entre una y otra sentencia del mismo tribunal y durante un lapso de quince días hábiles, aquel juzgado de 1976 habría recibido otras 7.841 causas a un promedio de 522 por día. Un disparate”. 
Pablo Llonto agrega con énfasis, obstinación y pareidolia, una numeración a las dos actas y aclara cada punto: 
”1. Figura con doble apellido antes de la sentencia de adopción. 
2. Se dejó en blanco el espacio correspondiente al padre y a la madre, cuando debió constar la palabra ‘desconocidos’. 
3. Entre el número de expediente 1.308 de Marcela y el 9.149 de Felipe hay 7.841 causas de diferencia. Una cifra imposible de creer, teniendo en cuenta la cantidad de expedientes que ingresan habitualmente en los juzgados. 
4. No consta a qué ‘dirección’ se refiere. 
5. El número de expediente 43.254 no tiene indicación del organismo al que pertenece y debe suponerse que se trata de una constatación médica. Pero entre el número de Felipe y el 37.755 de Marcela hay ¡5.499! bebés nacidos entre el 23 de marzo y el 17 de abril del mismo año. Otra cifra sospechosa, ya que indicaría que esa oficina, atendía un promedio de 215 nacimientos por día. 
6. Entre la ficha 25.127.946 de Felipe y la ficha de Marcela 25.127.753, hay 193 nacimientos en un lapso de 25 días. Se puede decir que esa sí es una cifra razonable” 

La causa penal


En 1995 una persona, cuyo esposo era ese mismo día condenado por estafa procesal cometida en un juicio contra Herrera de Noble, realizó contra ésta una primera denuncia penal que resultó desestimada, al igual que otras dos posteriores, una de 1997 de la misma denunciante y otra por Guillermo Patricio Kelly de 2000. 
En 2002 se realizó una nueva denuncia penal a instancias de las Abuelas de Plaza de Mayo y de las familias Lanuscou-Miranda y García-Gualdero, que suponen que Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera, podrían ser hijos de desaparecidos. El juez Marquevich el 08 de enero de 2003 procesa a Ernestina Herrera de Noble por los delitos de hacer "insertar en un instrumento público declaraciones falsas en carácter de autora; insertar tales declaraciones en documentos públicos destinados a acreditar la identidad de las personas como partícipe necesario; usar documentos públicos falsos, los que concurren en forma ideal entre sí; falsificación de documentos públicos destinados a acreditar la identidad de las personas en carácter de partícipe necesario y uso de documentos públicos falsos en carácter de autora, los que concurren idealmente entre sí" “uso de documento público falso”, traba un embargo sobre sus bienes por la suma de un millón de pesos y la cita a declarar bajo libertad provicional. El 17 de diciembre de 2002, luego de que la procesada no concurriera a las comparecencias, el juez dispuso que la policía condujera detenida a Herrera de Noble para tomarle declaración indagatoria e inmediatamente le negó la excarcelación. Herrera de Noble solicitó la recusación del juez y el Tribunal de Enjuiciamiento dictó, en 7 de 9 votos, que este proceder era "arbitrario y por ende antojadizo” y con “hostigamiento” respecto de Herrera de Noble, y mostró “desprecio por normas que privilegian la libertad ambulatoria” al rechazar excarcelar a la empresaria pese a su edad y falta de antecedentes. Sin embargo el fallo destacó que "la remoción del magistrado no afecta la investigación sobre la identidad de los hijos de Herrera de Noble". 
La asociación Abuelas de Plaza de Mayo, que fue tenida por parte en la causa, afirmó que las irregularidades en el expediente de adopción eran: “i. la adoptante dijo que dos personas habían visto que una beba había sido dejada en la puerta de su casa el 2 de mayo de 1976, pero esas dos personas desmintieron tal afirmación; ii. También afirmó que una de esas personas era su vecina, pero en realidad no vivía en esa localidad, y que la otra era el “cuidador de la finca vecina” (el Sr. Roberto García), pero se corroboró que en realidad se trataba de su chofer personal; iii. Quien concurrió afirmando ser la progenitora de quien hoy es Felipe, brindó un nombre y un número de documento que no era el suyo y no se intentó corroborar por ningún medio que efectivamente fuera su madre; iv. Ernestina Herrera de Noble dio un domicilio distinto a aquel donde tenía su residencia, cuestión decisiva para determinar la competencia del Tribunal interviniente; v. se omitió el sistema de turnos para que la guarda de Felipe quedara radicada en el mismo Tribunal que la de Marcela: vi. se los inscribió con el apellido “Noble Herrara” en función de una ley derogada”. 
La Cámara Federal de Apelaciones dispuso desplazar de la causa a Marquevich endilgándole parcialidad, anuló la resolución y pasó el expediente al juez federal Conrado Bergesio, quien resolvió que no está probada la existencia de delito por Herrera de Noble y la desvinculó de presuntas irregularidades en los trámites de adopción de sus hijos, tras analizar en detalle todas las pruebas. El juez entendió que no está probado que sean falsas las declaraciones de testigos que acreditaron cómo recibió a su hija Marcela y que las pruebas permiten sostener que es probable que la Sra. de Noble hubiera estado en una casa de San Isidro sin que la aparición de Marcela esté desmentida por las diligencias practicadas. En el caso de Felipe, los funcionarios judiciales de aquel momento atestiguaron de qué manera el niño había sido entregado personalmente al Juzgado de Menores por una mujer sin que Herrera tuviera intervención alguna en el momento de la llegada del bebé al Juzgado sino que su actuación fue posterior a este hecho. La conclusión del juez es que una postura contraria a la falta de mérito de la señora de Noble "únicamente podría fundarse en una cadena de especulaciones, suposiciones, deducciones y suposiciones de suposiciones". Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín por lo cual a partir de ese momento sólo quedó pendiente el tema relativo al examen de histocompatibilidad. 

Las pruebas de histocompatibilidad


El 11 de agosto de 2004, apenas Marquevich fue apartado del caso, ya que sus decisiones no daban las garantías judiciales imprescindibles, Marcela y Felipe Noble Herrera pidieron que se les realizara un examen de ADN, para poder confrontarlo con las dos familias querellantes y determinar si guardan vínculo biológico con ellas. El tribunal determinó que dicha "peritación genética" deberá realizarse en el Banco Nacional de Datos Genéticos y respecto de las mencionadas familias.Error en la cita: El elemento <ref> no es válido; las referencias sin contenido deben tener un nombre El juez Marquevich había sido reemplazado por el juez Conrado Bergesio,8 el mismo que había pedido la destitución del primero por no haber concedido el arresto domiciliario en una causa sobre robos de bebés.8 Bergesio le imprimió a la causa una gran lentitud y admitió una serie de maniobras de la defensa de Herrera de Noble, que los organismos de derechos humanos consideraron abiertamente irregulares. Por el contrario, el tribunal de apelación de los actos del juez Bergesio, la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, adoptó una línea de acción frontalmente opuesta al juez, tendientes a determinar si el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, indica si son hijos de desaparecidos.8 Luego de que la causa estuviera paralizada durante cinco años, el juez Bergesio recibió orden de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín de tomar los ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, y realizar los análisis necesarios para establecer quiénes son sus padres biológicos.8 
Cuando todo estaba listo para la realización del examen, el 20 de marzo de 2010, la Sala II de la Cámara de Casación Penal dictó un nuevo fallo suspendiendo el estudio mientras tramitaba un recurso. El hecho produzco un escándalo y hasta la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, anunció públicamente que apoyaría a las Abuelas de Plaza de Mayo si estas y los posibles familiares de los bebés robados, decidían denunciar a los tribunales argentinos ante tribunales internacionales. Posteriormente la Cámara de Casación rechazó por razones formales –falta de firma de los interesados- el recurso sin pronunciarse sobre el fondo del mismo con lo que la resolución de la Cámara Federal de San Martín disponiendo que el cotejo no se limite a las dos familias querellantes habría quedado firme. A fines de abril de 2010 la Cámara Federal de San Martín apartó de la causa al juez Conrado Bergesio aceptando una recusación presentado por el fiscal, por lo que tomó la misma el juzgado en lo Criminal de Sandra Arroyo Salgado. 
El 28 de mayo de 2010 por orden de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo se realizó en el juzgado una reunión en el curso de la cual se ofreció a Marcela y Felipe que dieran su consentimiento para la utilización de muestras, ante lo cual los mismos manifestaron su negativa a entregar ningún tipo de material genético, retirándose a su domicilio. La jueza dispuso entonces la obtención del material a partir de las prendas que vestían Marcela y Felipe, para lo cual debían ser interceptados en la vía pública, llevados a su domicilio y que en un lugar privado entregaran la ropa interior y la vestimenta necesaria para realizar los estudios. En el procedimiento realizado el mismo día en el domicilio de los jóvenes intervinieron secretarios del juzgado, médicos del BNDG y del Cuerpo Médico Forense, policías de civil y testigos, el trato con Marcela y Felipe fue con personas del mismo sexo y la entrega de la ropa interior para obtener las muestras se hizo dentro de un baño. Simultáneamente la jueza formuló denuncia penal contra el juez Bergesio por haber demorado la obtención de esas muestras desde 2004. 
Los hermanos Noble Herrera sostuvieron en varias presentaciones en la causa que se oponían a que el examen de histocompatibilidad fuera realizado en el Banco Nacional de Datos Genéticos porque –según alegaban- no les daba seguridad de que sus resultados no fueran manipulados y porque no les otorgaba la posibilidad de realizar contrapruebas. En junio de 2010 cinco científicos expertos en biología y genética presentaron un escrito a la jueza de la causa sosteniendo que no hay forma de fraguar los resultados del examen de ADN porque son obtenidos de forma automatizada y la información queda documentada electrónicamente. Explicaron que la contraprueba es posible porque en este caso los perfiles de los individuos pueden ser reproducidos tantas veces como se requiera, incluso si se trata de personas fallecidas y, como medida extrema, se puede recurrir a la exhumación por lo que la veracidad de los resultados puede ser confirmada por cualquiera de las partes en litigio que lo desee. En la presentación agregaron: “El planteo de la posibilidad de alteración o cambio de perfil genético de una muestra en el tiempo es una falacia sin fundamento científico. Más aberrante aún es considerar que estos cambios puedan ocurrir de modo tal que los resultados del análisis contribuyan a demostrar la existencia de un vínculo que no existe. Si esto fuera así, los hipotéticos cambios deberían ser, en este caso, programados y no fruto del azar. Un hecho técnicamente imposible.” Posteriormente los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera declararon en televisión: “A nuestros peritos no les van a alcanzar el material genético de las familias que están en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Les van a dar un papel que va a decir que los datos genéticos allí consignados corresponden a tal o cual familia pero no el material genético directamente” y agregaron que es muy difícil la contraprueba y que la propia directora del Banco reconoció que no existe material genético original de todas las familias que buscan a hijos de desaparecidos. 

Amelia bárbara, supuesta Madre de Marcela Herrera de Noble, asesinada el 4/9/1976:



Los Chicos Herrera de noble Hoy




10/12/2010: Los hermanos Noble Herrera no se presentaron para dar muestras de ADN: 

Los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble no concurrieron hoy al Hospital Durand, donde habían sido citados por la jueza Sandra Arroyo Salgado para que les sean extraídas muestras que permitan obtener su ADN y establecer si son hijos de desaparecidos. 
Marcela y Felipe Noble Herrera debían comparecer a las 9 en el Hospital Durand, donde funciona el Banco Nacional de Datos Genéticos, según la orden de la magistrada que lleva adelante la causa por la apropiación de los hijos de la dueña del Grupo Clarín durante la dictadura militar. 

Según lo publicado ayer por el diario Clarín, los abogados de los jóvenes adelantaron que interpondrían un escrito ante la Cámara Federal de San Martín impugnando la medida solicitada por la magistrada. "Es un escrito desesperado más para entorpecer y demorar la investigación", sostuvo ante la prensa el abogado de una de las querellas, Pablo Llonto, en las puertas del Hospital Durand. 

Llonto recordó que "desde diciembre de 2002 está ordenada esta medida de prueba que ocho años después todavía no puede cumplirse". El abogado se refirió a la medida ordenada por el destituído juez Norberto Marquevich. Los abogados Llonto y Alan Iud, de Abuelas de Plaza de Mayo, se retiraron con la notificación de la directora del BNDG, María Belén Cardozo, informando a la jueza la no comparecencia. 

Según informaron los letrados de la querella, mientras la Cámara Federal de San Martín no se expida, la magistrada estará en condiciones de ordenar el auxilio de la fuerza pública para obtener las muestras. 

En tanto, en conferencia de prensa en la casa de Abuelas, Estela de Carlotto aclaró que la medida de tomar muestras en forma obligatoria, en caso de que exista negativa por parte de los hijos adoptivos de Noble, fue un pedido de la institución "dado que no existen certezas sobre las muestras obtenidas en diciembre de 2009" y que esa medida "está de acuerdo a la más reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación". 

"El tiempo avanza inexorablemente y los familiares que buscamos a los hijos de nuestros hijos hace casi diez años que aguardamos para confirmar o descartar si Marcela y Felipe son hijos de desaparecidos", concluyó. La causa por la identidad biológica de los hijos adoptivos de la empresaria Ernestina Herrera de Noble lleva ya ocho años de trámite, durante los cuales fue destituído el primer juez, Roberto Marquevich, luego de haber ordenado una breve detención de Ernestina de Noble, y apartado por moroso el segundo, Conrado Bergesio. 


FUENTES: 
http://www.semana.com 
http://www.sinmordaza.com 
http://www.diariomardeajo.com.ar 
http://www.lacapital.com.ar

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