jueves, 1 de diciembre de 2011
Diputados aprobó el proyecto de ley de identidad de género
El texto privilegia la vivencia del género tal como cada persona la siente. Autoriza la rectificación del sexo en los documentos sin orden judicial. La comunidad LGBT festejó lo que consideran un nuevo logro de la democracia.
Pasadas las 19:30, en la Cámara de Diputados se escuchó la cuenta regresiva que seguían a viva voz desde los balcones los militantes de la comunidad LGBT acompañando la pantalla del recuento de votos. Entonces el resultado pudo leerse cuando la marca llegó a cero: de los 192 diputados presentes, 167 habían votado a favor y otorgado media sanción al proyecto de ley de identidad de género. Hubo aplausos y abrazos. Una emocionante sesión en la que algunos diputados que habían votado en contra del matrimonio igualitario esta vez apoyaron el proyecto para que las personas puedan registrar su identidad según cómo perciben su sexualidad. Sin tener que pasar por una requisa médica autorizante ni por desgastantes procesos judiciales. Apenas comenzaron sus alocuciones los diputados y diputadas empezaron a adelantar cómo votarían sus bloques. Así fue en el caso de Federico Storani, de la UCR que apoyó en general y en particular; o el de Federico Pinedo, del PRO.
La ley privilegia la “vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente”, autoriza la llamada “rectificación registral del sexo”, y garantiza la realización de intervenciones quirúrgicas totales y/o parciales para adecuar el cuerpo en hospitales públicos, privados y obras sociales. Establece que las personas podrán, además solicitar “el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida”. Entre los requisitos contemplados se menciona que la persona que solicite la rectificación registral del sexo y su cambio de prenombre debe “acreditar la edad mínima de 18 años de edad”.
Sin embargo, en el caso de los menores de esa edad la solicitud del trámite deberá ser efectuada por medio de los “representantes legales y con expresa conformidad del menor”.
Para lograr la rectificación la persona debe presentar ante el Registro Nacional de las Personas una solicitud en la que manifieste “encontrarse amparada por la presente ley”. Gustavo Ferrari (Peronismo Federal), planteó disidencias al artículo 5, que refiere a los menores de edad, para decir que el acceso de menores a la rectificación registral es “riesgoso, que con la sola voluntad de los padres se pueda cambiar el nombre y la identidad sexual de un niño que aún no está en su pleno razonamiento”. En cuanto al artículo 11, de las prestaciones de salud, pidió “delimitarlas”.
Tanto la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans (FALGBT) como la Asociación de travestis, transexuales y transgéneros de Argentina (ATTTA) celebraron ayer la media sanción: “Ahora vamos por los senadores”, decían por Twitter.
El proyecto fue apoyado por los bloques del Frente para la Victoria, Partido Socialista, la Unión Cívica Radical, la CC-ARI, el Peronismo Federal, el PRO, Nuevo Encuentro, el Partido Demócrata Progresista, GEN, Proyecto Sur, Frente Amplio Progresista, y Partido Justicialista Pampeano entre otros
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